miércoles, 18 de abril de 2012

DESPIDOS

ejercicio 3:
Despido procedente: Es despido disciplinario se da en los casos en que el contrato de trabajo se extingue por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.


Despido improcedente:Aquel en que el empresario no demuestra el incumplimiento laboral o el despido no cumple los requisitos formales.
Ante esta situación el empresario tiene la opción de readmitir al trabajador o pagar una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades.

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